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¿QUE CANTIDAD DEBO ABONAR?


El profesional solicitante deberá abonar la cuota de ingreso, junto a la parte correspondiente al periodo de la cuota en curso. Dicha parte proporcional se realizará siempre por meses completos.


#CEUTA  #SEDE COLEGIAL    

Publicado por · 14/03/2025



CUOTA DE INGRESO


La cuota de ingreso queda establecida en 50E, para el año 2024, el profesional deberá acreditar el domicilio laboral en la provincia de Ceuta, con vida laboral o contrato de trabajo, en el caso de no disponer de documentación, se le realizará un certificado provisional valido por 72h, debiendo presentar la documentación para la colegiación definitiva.

En el caso de no ejerciente, deberá presentar vida laboral y certificado de residencia en Ceuta .


CUOTAS PERIODICAS

La cuantía de la cuota de mantenimiento está establecida en 234,24€ anuales; fraccionándose su abono de forma trimestral, a razón de 58,56€.

El cobro de dicha cuota trimestral se realizará con carácter recurrente al inicio de cada trimestre (enero, julio y octubre) hasta el momento en el que al colegiado solicite la baja

PUEDO SOLICITAR LA BAJA DEL COLEGIO

Si, pero únicamente en las siguientes situaciones:
  • Desempleo: Deberá adjuntar vida laboral o baja del impuesto de actividades económicas, que acredite dicha situación.
  • No ejerciente: Deberá adjuntar vida laboral o baja del impuesto de actividades económicas, que acredite dicha situación.
  • Jubilación por edad o incapacidad: Deberá adjuntar documento donde quede acreditada dicha situación por para de la Seguridad Social.
  • Traslado a otro Colegio.
  • Traslado para trabajar en el extranjero: Se deberá aportar el contrato laboral en el nuevo país donde se va a desarrollar la actividad.
  • Fallecimiento.

COMO PUEDO SOLICITAR LA BAJA DEL COLEGIO

Las solicitudes de baja deberán formularse siempre por escrito, firmadas digitalmente al correo electrónico junto con los documentos solicitados en cada caso y firmados digitalmente.

Este trámite igualmente se puede hacer desde la Ventanilla Única Virtual.

DEVOLUCIÓN DE LA PARTE PROPORCIONAL ABONADA EN CASO DE BAJA

En las situaciones de jubilación y fallecimiento la parte correspondiente a las quincenas no disfrutadas.

En caso de traslado a otro Colegio, se informará al Colegio receptor de la fecha del próximo abono, devolviéndole al colegiado la parte correspondiente a las quincenas no disfrutadas.

EN CASO DE TRASLADO A OTRA PROVINCIA, COMO DEBO PROCEDER

En este caso existen varias opciones disponibles:

  • Traslado de expediente al Colegio de la provincia de destino: El colegiado cumplimentará la solicitud de traslado en el Colegio de origen y posteriormente, finalizará el trámite en el Colegio de destino; manteniendo su relación con el Colegio de Ceuta hasta entontes. Si en el plazo de un mes no tenemos constancia de que haya finalizado el traslado continuará como colegiado activo en nuestra base de datos con todos los derechos y deberes que ello comporta.

  • Solicitar una doble colegiación Si así lo considera, podrá estar inscrito en ambos Colegios provinciales. Se deberá solicitar duplicidad en el Colegio de origen, que remitirá copia del expediente. El colegiado deberá personarse en el Colegio de destino transcurrido un tiempo adecuado. En esta situación deberá abonar la cuota de mantenimiento en ambos colegios.

 




COLEGIO DE ENFERMERIA DE CEUTA
 Calle Velarde 6, 1B - 51001 Ceuta
 +34 956 517 107
 coleg51@consejogeneralenfermeria.org
 www.colegioenfermeriaceuta.com
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La cuota de ingreso queda establecida en 50E, para el año 2024, el profesional deberá acreditar el domicilio laboral en la provincia de Ceuta, con vida laboral o contrato de trabajo, en el caso de no disponer de documentación, se le realizará un certificado provisional valido por 72h, debiendo presentar la documentación para la colegiación definitiva.

En el caso de no ejerciente, deberá presentar vida laboral y certificado de residencia en Ceuta .


CUOTAS PERIODICAS

La cuantía de la cuota de mantenimiento está establecida en 234,24€ anuales; fraccionándose su abono de forma trimestral, a razón de 58,56€.

El cobro de dicha cuota trimestral se realizará con carácter recurrente al inicio de cada trimestre (enero, julio y octubre) hasta el momento en el que al colegiado solicite la baja

PUEDO SOLICITAR LA BAJA DEL COLEGIO

Si, pero únicamente en las siguientes situaciones:
  • Desempleo: Deberá adjuntar vida laboral o baja del impuesto de actividades económicas, que acredite dicha situación.
  • No ejerciente: Deberá adjuntar vida laboral o baja del impuesto de actividades económicas, que acredite dicha situación.
  • Jubilación por edad o incapacidad: Deberá adjuntar documento donde quede acreditada dicha situación por para de la Seguridad Social.
  • Traslado a otro Colegio.
  • Traslado para trabajar en el extranjero: Se deberá aportar el contrato laboral en el nuevo país donde se va a desarrollar la actividad.
  • Fallecimiento.

COMO PUEDO SOLICITAR LA BAJA DEL COLEGIO

Las solicitudes de baja deberán formularse siempre por escrito, firmadas digitalmente al correo electrónico junto con los documentos solicitados en cada caso y firmados digitalmente.

Este trámite igualmente se puede hacer desde la Ventanilla Única Virtual.

DEVOLUCIÓN DE LA PARTE PROPORCIONAL ABONADA EN CASO DE BAJA

En las situaciones de jubilación y fallecimiento la parte correspondiente a las quincenas no disfrutadas.

En caso de traslado a otro Colegio, se informará al Colegio receptor de la fecha del próximo abono, devolviéndole al colegiado la parte correspondiente a las quincenas no disfrutadas.

EN CASO DE TRASLADO A OTRA PROVINCIA, COMO DEBO PROCEDER

En este caso existen varias opciones disponibles:

  • Traslado de expediente al Colegio de la provincia de destino: El colegiado cumplimentará la solicitud de traslado en el Colegio de origen y posteriormente, finalizará el trámite en el Colegio de destino; manteniendo su relación con el Colegio de Ceuta hasta entontes. Si en el plazo de un mes no tenemos constancia de que haya finalizado el traslado continuará como colegiado activo en nuestra base de datos con todos los derechos y deberes que ello comporta.

  • Solicitar una doble colegiación Si así lo considera, podrá estar inscrito en ambos Colegios provinciales. Se deberá solicitar duplicidad en el Colegio de origen, que remitirá copia del expediente. El colegiado deberá personarse en el Colegio de destino transcurrido un tiempo adecuado. En esta situación deberá abonar la cuota de mantenimiento en ambos colegios.

 






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